
Liquidaciones complementarias por comprobación de valores
Cuando compras, heredas o te donan un inmueble debes firmar una escritura pública, ante notario, en la que consta el valor declarado de la finca, en base al cual pagarás el impuesto que corresponda.
Pues bien, la Administración tiene la facultad de comprobar dicho valor y girar liquidaciones sobre la base del valor comprobado por ellos. Es decir, que un arquitecto de la Administración hace una tasación según la cual tu casa vale más de lo que pagaste, de lo que consta en la escritura. O aplican el valor de tasación de la hipoteca, o el valor catastral. Y lógicamente, piden que pagues los impuestos sobre ese valor superior que ellos dicen.
Somos especialistas en impugnar ese tipo de liquidaciones. Se pueden recurrir y se puede ganar. Se gana. Además, en este tipo de procedimientos se puede obtener la suspensión automática de las liquidaciones, es decir, puedes recurrir y alargar el procedimiento 3 o 4 años sin tener que avanzar el pago.
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